• Si eres testigo de una situación de asedio sexual dentro de una unidad de transporte debes dar aviso inmediato al conductor, cobrador o miembro de la tripulación. 

La declaración de los testigos de los hechos es crucial al momento de procesar a una persona denunciada por acoso sexual debido a que ayudará a confirmar lo señalado por la víctima, sobre todo en circunstancias en que no existan otros medios probatorios (videos o fotografías).

En el caso de que la víctima no pueda realizar la denuncia por cualquier circunstancia, los testigos deben hacerlo, por cuenta propia, para coadyuvar a sancionar a las personas que cometen acoso sexual o generar un precedente que podría identificarse más adelante como reincidencia.

Es importante destacar que los actos de acoso sexual en el transporte público se pueden manifestar de diversas formas: expresiones verbales (comentarios e insinuaciones de carácter sexual); manifestaciones gestuales (gestos obscenos que resultan insoportables, hostiles, humillantes u ofensivos).

Manifestaciones físicas (tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación en el transporte o lugares públicos, exhibicionismo o mostrar los genitales).

¿Cómo actuar?

La especialista de la Dirección de Políticas y Normas de Transporte Vial del MTC, Ofelia Soriano, explicó que luego de dar aviso inmediato al conductor, cobrador o miembro de la tripulación,  se debe ubicar a la víctima lejos de la persona agresora y llamar de inmediato a la línea 105 de la Policía Nacional del Perú para dar aviso de la incidencia.

Al tomar conocimiento de la agresión, el chofer debe indicar telefónicamente su ruta a la Policía, fiscalizador o personal de serenazgo, si se encuentra dentro de Lima o Callao para que se acerquen y realicen las acciones correspondientes. En provincias informarán a la Policía Nacional o a un inspector de la Sutran.

Cuando se encuentre a algunos de esos representantes de la autoridad, el conductor detendrá el vehículo para que se haga cargo de la agresión. Si la persona que interviene es un oficial policial, se procede a la detención del agresor y a tomar los datos de la víctima y los testigos.

El Código Penal sanciona al victimario con penas privativas de la libertad que van de 2 a 15 años.

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