La congresista Lady Camones (APP) presentó en el Congreso el proyecto de ley que propone, entre otras disposiciones, que un extranjero tenga que esperar cuatro años, y no dos como es ahora, para solicitar la nacionalidad peruana por matrimonio.
La propuesta pretende convertirse en el nuevo marco legal sobre la administración de la nacionalidad peruana, tanto para nacionales como extranjeros, y que busca reemplazar a la Ley 26574, Ley de Nacionalidad.
En efecto, el artículo 12 del referido proyecto señala que la pareja de esposos, en la que él o ella es extranjero y desea adquirir la nacionalidad peruana por matrimonio, “deberán acreditar los lazos de permanencia que demuestren continuidad de dicha unión por un tiempo mínimo de cuatro (4) años continuos e inmediatos a la fecha de presentación de la solicitud (de nacionalidad)”.
Por el contrario, la nacionalidad peruana obtenida bajo esta modalidad se pierde “cuando exista sentencia firme que declare la nulidad o insubsistencia del vínculo matrimonial, si el cónyuge nacionalizado hubiere actuado de mala fe al contraer el matrimonio”.
En resumen, el proyecto de ley de la parlamentaria Lady Camones aumenta a cuatro años el vínculo matrimonial para acceder a la nacionalidad peruana, cuando en la ley vigente este requisito es de dos años. ¿La razón?
En su exposición de motivos, la parlamentaria de APP señala, en primer lugar, que se necesita una nueva ley general sobre nacionalidad, pues la Ley 26574 vigente ha quedado prácticamente desfasada, ya que se aprobó en el año 2009, cuando Perú era un país de tránsito de extranjeros, y no destino, como es ahora, con la llegada de más de un millón de venezolanos a partir del 2018.
Sobre la nacionalidad por matrimonio en sí, señala que dicha forma se ha venido incrementando en los últimos años, “y no se descarta que esta modalidad se esté desnaturalizando, solo para cumplir el requisito para obtener la nacionalidad”, debido al poco tiempo que se solicita.
“Es de imperiosa necesidad que la norma contemple la posibilidad del retiro de la nacionalidad cuando ha sido obtenida de manera irregular. Por ejemplo, dado que la ley solo exige 2 años después de haber contraído matrimonio, la poca rigurosidad en el tiempo de unión legal de dos personas, la hace proclive al fraude y esta modalidad de obtención de la nacionalidad está en aumento”, señala.
“Las características de la migración actual son muy distintas a la realidad en la que se basó el legislador en la década del 90 (…) Por ejemplo, existe mucha movilidad de personas, podrían permanecer en nuestro país dos años adquirir la nacionalidad y luego viajar a otro país sin haberse planteado la posibilidad de retornar, precisamente porque el tiempo que hoy está vigente no permite crear ese vínculo con el país”, agrega el texto.
Sin antecedentes penales
El proyecto de ley de Camones también incluye como requisito para obtener la nacionalidad peruana, en cualquier modalidad, que el solicitante no tenga antecedentes policiales, penales y judiciales vigentes dentro del territorio nacional, así como en el extranjero.
También se agrega una disposición para que la Superintendencia Nacional de Migraciones establezca un procedimiento especial para otorgar la residencia u otro mecanismo de protección similar a los niños en abandono que son hijos de padres presumiblemente extranjeros, hasta la obtención de su mayoría de edad, cuando puedan acceder a alguna modalidad de obtención de la nacionalidad.
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