El último miércoles, con la presentación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de la Resolución de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Trujillo, declarando consentido el Acuerdo de Concejo N.° 024-2024-MPT, sobre la vacancia en contra del suspendido alcalde Arturo Fernández, queda en manos del Pleno la resolución final.

Con la presentación de tal resolución, que se confirmó se hará a primeras horas de hoy, queda agotado todo el trámite y plazos previsto en la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y en la normatividad del Jurado Nacional de Elecciones.

Esto fue confirmado mediante oficio de este organismo constitucionalmente autónomo dirigido a la Municipalidad Provincial de Trujillo, el pasado 22 de marzo, solicitando documentación faltante sobre el procedimiento de la vacancia, la que debe recordarse no fue aprobada por el Concejo Municipal.

En consecuencia, al haber apelado la parte solicitante esta decisión ante el Jurado Nacional de Elecciones, será el Pleno de este organismo el que resuelva en definitiva sobre este tema.

En el oficio del pasado 22 de este mes, el JNE precisa haber recibido el Acuerdo de Concejo N° 024-2024-MPT, del 01 de marzo de este año, relacionado con el procedimiento de vacancia seguido en contra de César Arturo Fernández Bazán, alcalde suspendido de la Municipalidad Provincial de Trujillo, por la causa prevista en el numeral 6 del artículo 22 de las Ley N.° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.

Considerando que el pasado 22 venció el plazo para la impugnación del precitado acuerdo de Concejo -sin que ello ocurriera- el JNE requirió al Concejo Provincial de Trujillo que el en plazo de tres días hábiles, luego de recibido el oficio, remita la Resolución de Alcaldía o el Acuerdo de Concejo que declara consentido el Acuerdo de Concejo N.° 024-2024-MPT.

Cabe recordar que, en enero de este año, mediante Resolución N.° 0001-2024-JNE, sobre el expediente N.° JNE.2023003394, sobre suspensión del recurso de Apelación, el Jurado resolvió declarar infundado tal recurso interpuesto por César Arturo Fernández Bazán, alcalde de la MPT, confirmando el acuerdo adoptado en sesión extraordinaria de Concejo Municipal, del 20 de noviembre de 2023, que denegó el recurso de reconsideración que formuló en contra del Acuerdo de Concejo N.° 079-2023-MPT, del 04 de octubre de 2023, que aprobó su suspensión por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, causa contemplada en el numeral 5 del artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

En consecuencia, se dejó sin efecto, provisionalmente, la credencial otorgada a César Arturo Fernández Bazán, en tanto se resuelva su situación jurídica, la que como es de conocimiento se complica por una serie de nuevas denuncias que ha recibido por similar motivo.

En esta misma Resolución, el magistrado Jorge Luis Salas Arenas, presidente del Pleno del JNE, votó considerando necesario señalar que ante la existencia de una sentencia en segunda instancia, bajo el marco normativo del Código Procesal Penal de 2004 –lo cual implica que la condena se encuentra firme-, se ha concluido el proceso penal; y que corresponde que el procedimiento a evaluarse en contra de la autoridad municipal sea el de vacancia, de acuerdo al artículo 22 numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

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