El Poder Ejecutivo promulgó la ley que establece cadena perpetua para las personas que capten a menores de edad valiéndose de su posición, cargo o vínculo familiar, a fin de obligarlos a cometer delitos de sicariato, robo agravado, tráfico ilícito de drogas y organización criminal.

La ley modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, con el objetivo de incorporar el delito de captación de menores de edad para la comisión de actos delincuenciales.En ese sentido, se incorpora el artículo 129-Q con penas que van de 8 años de pena privativa de libertad hasta la cadena perpetua.

Dicho artículo señala que quien “mediante violencia, amenaza u otras formas de coacción, abuso de poder o de situación de vulnerabilidad capte e induzca o instigue persuadiendo a un menor de edad para la comisión de delitos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 8 ni mayor de 12 años”.Además, “la pena será no menor de 12 ni mayor de 25 años si el delito cometido o intento tiene como objetivo actos de sicariato, robo agravado, tráfico ilícito de drogas, o lo integra a una organización criminal”.

El artículo precisa también que “si el agente se vale de su posición, cargo o vínculo familiar que le otorgue autoridad particular sobre el menor de edad, la pena será de cadena perpetua”.

De esta forma se da un importante paso legal para frenar la ola delincuencial, en especial a los que vienen utilizando a menores de edad para cometer crímenes en todo el territorio nacional.El dispositivo legal fue firmado por la presidenta Dina Boluarte Zegarra previo a su visita oficial para la ceremonia de entronización del papa León XIV, en el Vaticano.

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