- De acuerdo a nuevo reglamento, desde el 14 de octubre se podrá imponer amonestaciones, multas y medidas cautelares y correctivas.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) impondrá desde el 14 de octubre sanciones en materia ambiental a proyectos de inversión, actividades y servicios en el sector transportes.
Así lo establece el nuevo Reglamento de Supervisión y Fiscalización en Materia Ambiental para el Sector Transportes (D.S. N° 021-2021-MTC), que otorga nuevas facultades al MTC. Dicha norma regula el procedimiento de supervisión, así como el procedimiento administrativo sancionador y la imposición de medidas administrativas.
Antes de este reglamento, el MTC ya realizaba acciones de supervisión ambiental en su sector, pero estaba impedida de dictar sanciones en el caso de que identificara algún incumplimiento. Ahora, con el nuevo reglamento se establecen claramente las etapas de supervisión y fiscalización ambiental, así como las medidas administrativas y sancionatorias que se pueden aplicar.
Fiscalización ambiental
El nuevo reglamento también permite al MTC realizar fiscalización ambiental. Esta consiste en investigar la comisión de posibles infracciones administrativas e imponer sanciones por el incumplimiento de obligaciones ambientales. Adicionalmente, comprende la facultad de dictar medidas cautelares y correctivas.
Al final del procedimiento administrativo sancionador se determina si existe una responsabilidad administrativa del infractor. Si es así se impondrá sanciones administrativas como una amonestación escrita o multa.
Las medidas administrativas aplicables son mandatos de carácter particular como medidas preventivas, medidas correctivas, medidas cautelares, requerimientos sobre instrumentos de Gestión Ambiental y otros mandatos dictados de conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental.
La Dirección de Gestión Ambiental (DGA), adscrita a la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAAM) del MTC, es la autoridad facultada para desarrollar actividades de supervisión y dictar medidas preventivas.
La supervisión ambiental comprende tres etapas: etapa preparatoria, en la cual se realizan las acciones previas para ejecutar la supervisión de forma eficiente y eficaz; etapa de ejecución, en donde se realiza la supervisión in situ; y la etapa de resultados, que consiste en la elaboración del informe de supervisión.
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