
El exmandatario señala que su detención se produjo sin encontrarse inmerso en algún supuesto de flagrancia delictiva
El juzgado supremo de investigación preparatoria declaró infundada la tutela de derechos planteada por la defensa del expresidente de la República, Pedro Castillo, en investigación por el delito de rebelión y otros en agravio del Estado.
Castillo Terrones, a través de su defensa, solicitaba la exclusión de diversas pruebas obtenidas en investigación fiscal al considerarlas ilícitas.
Castillo Terrones presentó la solicitud de tutela de derechos afirmando haber sufrido una detención ilegal y la vulneración de las garantías constitucionales referentes a la detención en flagrancia, la inmunidad presidencial y la prohibición del uso de la tortura para obtener pruebas.
Ello, indica, habría acontecido al momento de su detención en la Avenida Garcilaso de la Vega y Avenida España, el 7 de diciembre del 2022, luego que el Congreso de la República declarara la vacancia presidencial por anunciar el cierre del Poder Legislativo.
El exmandatario señala que su detención se produjo sin encontrarse inmerso en algún supuesto de flagrancia delictiva y que se debe excluir la prueba ilícita y todo lo obtenido en forma directa o indirecta, en lo que se conoce como “efecto dominó” o “efecto reflejo de la prueba” por haberse inventado una historia que no es cierta.
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