El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró improcedente la tutela de derechos solicitada por la defensa del expresidente Pedro Castillo en el caso que se le sigue por presunto delito de rebelión en agravio del Estado.
De acuerdo con la defensa del exmandatario, el pedido se hizo debido a «la vulneración de sus derechos al debido proceso (derecho de defensa), presunción de inocencia, no autoinculpación, a la dignidad humana y disposiciones específicas de legalidad«, motivo por el cual se solicitó el sobreseimiento de la investigación y la inmediata libertad del investigado.
El respecto, el magistrado Juan Carlos Checkley emitió una resolución declarando improcedente el pedido y rechazando los cuestionamientos del exmandatario al acta de intervención policial. «La defensa parte de la errada lógica que al invalidarse su detención policial en flagrancia o la detención judicial preliminar, tendría que salir en libertad«, indica la resolución.
«El imputado Castillo Terrones actualmente se encuentra privado de su libertad, para este proceso, en mérito a un mandato de prisión preventiva por el plazo de 18 meses, que se encuentra vigente. La vía de la tutela de derechos, dada su residualidad, no es la pertinente para revertir los alcances de una medida de prisión preventiva«, continúa el documento.
«En conclusión, la presente tutela de derechos es improcedente, puesto que fue planteada a fin obtener un pronunciamiento sobre el sobreseimiento de la causa y el fin de la prisión preventiva de Castillo Terrones, cuando nuestro ordenamiento procesal prevé vías específicas para efectuar dichos pedidos«, culmina la resolución.
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