El presidente Martín Vizcarra sostuvo hoy que la decisión del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) sobre la no reelección inmediata de congresistas aclara las dudas que tenían algunos partidos y establece las reglas de juego del proceso electoral 2021.
«Quiero saludar que ayer el Jurado Nacional de Elecciones, el máximo organismo electoral del país, ratificó la decisión que tomaron todos los peruanos en el referéndum de diciembre 2018 sobre la no reelección de congresistas», indicó.
El JNE, subrayó, ha establecido que quienes formaron parte del Congreso disuelto y del actual Congreso no pueden postular a la reelección en 2021 porque los actuales parlamentarios fueron elegidos para completar un periodo.
«Es una decisión que aclara las dudas de algunos partidos y establece las reglas de juego del proceso electoral», precisó tras remarcar que el Gobierno respeta la independencia y autonomía del JNE.
Con ello, remarcó el mandatario, los peruanos tienen la oportunidad de elegir y definir la composición de un nuevo Parlamento el 2021, el año del bicentenario.
Vizcarra brindó estos alcances durante una ceremonia por el Día Nacional de la Persona con Discapacidad, realizada en la sede de Palacio de Gobierno, junto a la Primera Dama, Maribel Díaz; y la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Rosario Sasieta.
Allí, el jefe del Estado recibió a Diego Arias, pianista con autismo y discapacidad auditiva; Juan León, para deportista con discapacidad física; y Johanna Contreras, fotógrafa y psicóloga con discapacidad visual, a quienes se le entregó medallas de reconocimiento.
El JNE publicó hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano la Resolución 0352-2020-JNE, que establece la prohibición de la reelección inmediata de los congresistas actuales y del Parlamento disuelto en setiembre de 2019, con miras a los comicios generales del 2021.
La prohibición rige también para los legisladores desaforados y sus respectivos accesitarios, a los que fueron suspendidos y a quienes reemplazaron a fallecidos.
De acuerdo con la resolución, el impedimento se da en razón de la prohibición de reelección inmediata establecida por el artículo 90-A de la Constitución Política, introducido mediante la reforma constitucional 30906.
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