Presentan proyecto de ley

Fue presentado en el Congreso un proyecto de ley que propone prohibir que se reporte a los usuarios del sistema financiero ante las centrales privadas de riesgo y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP cuando se trate de deudas no reconocidas, fraudulentas o consignadas sin consentimiento, en tanto se encuentren en proceso de reclamación.
Con ese propósito, el proyecto de ley 6325/2023-CR presentado por Katy Ugarte (UDP), plantea incorporar el numeral 42.7 en el artículo 42 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, precisando que el acreedor no podrá reportar como deudor moroso al consumidor ante las centrales de riesgo hasta que se agote la vía administrativa y se acredite su responsabilidad.
“Dicha medida está pensada para brindar mayor protección al usuario del sistema financiero, a efecto que no sea reportado injustamente como deudor moroso sin serlo, y evitar perjudicar su imagen crediticia”, se indica en la iniciativa.
Precisa además que la defensa de la persona y el respeto a sus derechos es uno de los principales deberes del Estado y debe estar garantizada en todos los ámbitos, así como en lo que respecta al rol de las personas como consumidores.
En ese sentido, se indica que el registro en las centrales de riesgo, cuando no se haya culminado administrativamente el reclamo, afecta la integridad moral, psíquica y física de una persona, así como su honor y buena reputación, entre otros.
En la fundamentación de esta iniciativa se refiere que los medios de comunicación dan a conocer múltiples casos de ciudadanos que han sido víctima de delincuentes que, valiéndose de artilugios o en complicidad con agentes financieros, solicitan la emisión de tarjetas de crédito o préstamos a nombre de terceros, sin conocimiento de los titulares.
Congreso: buscan prohibir reportar en centrales de riesgo a víctimas de fraudes
Presentan proyecto de ley

Fue presentado en el Congreso un proyecto de ley que propone prohibir que se reporte a los usuarios del sistema financiero ante las centrales privadas de riesgo y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP cuando se trate de deudas no reconocidas, fraudulentas o consignadas sin consentimiento, en tanto se encuentren en proceso de reclamación.
Con ese propósito, el proyecto de ley 6325/2023-CR presentado por Katy Ugarte (UDP), plantea incorporar el numeral 42.7 en el artículo 42 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, precisando que el acreedor no podrá reportar como deudor moroso al consumidor ante las centrales de riesgo hasta que se agote la vía administrativa y se acredite su responsabilidad.
“Dicha medida está pensada para brindar mayor protección al usuario del sistema financiero, a efecto que no sea reportado injustamente como deudor moroso sin serlo, y evitar perjudicar su imagen crediticia”, se indica en la iniciativa.
Precisa además que la defensa de la persona y el respeto a sus derechos es uno de los principales deberes del Estado y debe estar garantizada en todos los ámbitos, así como en lo que respecta al rol de las personas como consumidores.
En ese sentido, se indica que el registro en las centrales de riesgo, cuando no se haya culminado administrativamente el reclamo, afecta la integridad moral, psíquica y física de una persona, así como su honor y buena reputación, entre otros.
En la fundamentación de esta iniciativa se refiere que los medios de comunicación dan a conocer múltiples casos de ciudadanos que han sido víctima de delincuentes que, valiéndose de artilugios o en complicidad con agentes financieros, solicitan la emisión de tarjetas de crédito o préstamos a nombre de terceros, sin conocimiento de los titulares.
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