
Cómo se calcula cuánto debes percibir si trabajas feriado. Conoce en esta nota cuáles son los feriados y los días no laborables del 2023.
Los feriados o días no laborables son siempre una oportunidad para el tiempo en familia, viajar o desarrollar actividades pendientes que no pueden hacerse por el trabajo, estudio u otras razones. Por ello, en esta nota te contamos cuáles son los feriados calendarios y los días no laborables que restan en el 2023.

Máncora
Diferencia entre un feriado y un día no laborable
En días feriados, el trabajador debe descansar y percibir su remuneración habitual. Sin embargo, aquellos que acuerden trabajar estos días, sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir triple pago correspondiente a los siguientes conceptos:
1. La remuneración correspondiente al día feriado
2. La remuneración correspondiente a la labor efectuada
3. Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100 % de la remuneración correspondiente a la labor efectuada.
En el caso de los días no laborables del 2023, ese beneficio es aplicable para los trabajadores del sector público. Este día es considerado hábil, y a diferencia de un feriado, las horas dejadas de laborar deben compensarse en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
Tratándose del sector privado, cuyo acogimiento a esos días no laborables es voluntario, corresponderá al empleador y los trabajadores fijar de común acuerdo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, considerando que a falta de acuerdo decidirá el empleador.

Cabe destacar que las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que brinden servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos estarán facultadas para determinar los puestos de trabajo que estarán excluidos de los referidos días no laborables.
En ambos casos –feriados y días no laborables– se trata de fechas cuyo fin es impulsar el turismo interno, rubro fundamental para la reactivación del sector, al generar puestos de trabajo y dinamizar la economía del país.
El Centro Histórico de Arequipa
Feriados calendarios y no laborables que restan en el 2023
Miércoles 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
Jueves 7 de diciembre: día no laborable
Viernes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
Sábado 9 de diciembre: batalla de Ayacucho
Lunes 25 de diciembre: Navidad
Martes 26 de diciembre: día no laborable
Lunes 1 de enero: Año Nuevo 2024
Martes 2 de enero: día no laborable
¿Cuánto debes percibir si trabajas un feriado?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) del Ministerio de Trabajo explica que si laboras de forma presencial o remota un día feriado deberás percibir dos remuneraciones diarias adicionales a tu remuneración total del mes.
¿Cómo se calcula?
La Sunafil explicó que en el caso de que tu remuneración mensual sea de S/ 1,025, tu remuneración diaria es de S/ 34.17. Ello se deduce al hacer una división de tu sueldo entre 30 días (1,025/30).
Al saber cuánto percibes por día puedes calcular cuál sería tu pago. Te correspondería lo siguiente:
-Una remuneración por el trabajo realizado: S/ 34.17
-Una remuneración por la sobretasa del 100 %: S/ 34.17
En total sería S/ 68.34 por cada feriado laborado adicional a tu remuneración mensual.
Entonces, S/ 68.34 x 2 feriados laborados = S/ 136.68.
A fin de mes, recibirás en total S/ 1,161.68.
Cabe señalar que en el caso de que tu empleador te otorgue días de descanso en sustitución a cada feriado laborado, ya no percibirás la suma adicional, precisa la Sunafil.
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Infracciones
Los empleadores que no cumplan con realizar el pago adicional u otorgar la compensación del descanso sustitutorio por los feriados laborados estarían cometiendo una infracción muy grave en materia de derechos laborales. Las multas, dependiendo del tipo de la empresa (micro, pequeña y no mype), pueden fluctuar entre S/ 1,058 a S/ 241,638.
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