- En caso de una situación de asedio sexual dentro de una unidad de transporte público se deberá dar aviso inmediato al conductor o a la tripulación.
¡No vas sola! ¿Sabías que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) cuenta con un protocolo de atención ante actos de acoso sexual en el transporte público terrestre?
El objetivo es establecer acciones para dar una atención inmediata a las personas víctimas de acoso sexual en los vehículos de transporte público.
No te quedes callado. ¡Denuncia! El protocolo garantiza la seguridad de los usuarios del servicio de transporte. Descárgalo en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/mtc/normas-legales/1422443-025-2020-mtc
El acoso sexual se puede manifestar físicamente con tocamientos indebidos, roces corporales, masturbación o exhibicionismo.
El asedio también se puede expresar verbalmente, es decir con comentarios e insinuaciones de carácter sexual o mediante manifestaciones gestuales, como gestos obscenos que resulten hostiles, humillantes u ofensivos.
¿Cómo actuar?
La especialista de la Dirección de Políticas y Normas de Transporte Vial del MTC, Ofelia Soriano, explicó que la víctima o el testigo de una situación de asedio sexual dentro de una unidad de transporte debe dar aviso inmediato al conductor, cobrador o miembro de la tripulación.
Además, se debe ubicar a la víctima lejos de la persona agresora y llamar de inmediato a la línea 105 de la Policía Nacional del Perú para dar aviso de la incidencia.
Al tomar conocimiento de la agresión, el chofer debe dirigir su vehículo al punto de control policial más cercano o aproximarse a un inspector de transporte, fiscalizador o personal de serenazgo si se encuentra dentro de Lima o Callao. En provincias dará cuenta a la Policía Nacional o a un inspector de la Sutran.
Cuando se encuentre a algunos de esos representantes de la autoridad, el conductor detendrá el vehículo para que se haga cargo de la agresión. Si la persona que interviene es un oficial policial, se procede a la detención del agresor y a tomar los datos de la víctima y los testigos. El Código Penal sanciona al victimario con penas privativas de la libertad que van de 2 a 15 años.
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