
En la primera ceremonia celebrada en junio participaron 52 parejas y se espera superar largamente esa cifra. Los requisitos son asequibles.
El II Matrimonio Civil Comunitario, totalmente exceptuado de pago alguno, está organizando la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) para el sábado 30 de septiembre del presente año en el Salón Consistorial del Palacio Municipal, a partir de las 9:00 a.m.
Las parejas interesada en participar en esta actividad pueden inscribirse solo hasta el 18 de este mes en la Oficina de Registro Civil de la MPT, ubicada en avenida España N° 742, en el horario de 7:30 a.m. a 3:00 p.m. o llamar al número de teléfono 044-484240 anexo 160 para solicitar cualquier información adicional.
Juan Julio Chávez Florez, encargado de la oficina de Registros Civiles de la MPT, precisó que las parejas interesadas en participar no pagarán un solo sol, ni por derecho del matrimonio, certificado médico o pago de alquiler local.
El primer matrimonio Civil Comunitario se realizó el pasado 17 de junio y participaron 52 parejas. En esta oportunidad se espera superar largamente tal cifra.
Los requisitos para cada contrayente mayor de edad, solteros, son: original y copia de DNI, acta o partida de nacimiento, certificado de soltería (Reniec), certificado médico pre nupcial con antigüedad no mayor a 30 días hasta la fecha del matrimonio, recibo de agua o luz en el distrito de Trujillo, original y copia del DNI de los 2 testigos (que los conozcan por lo menos 3 años antes – no familiares), publicación del edicto en el periódico de su elección (la orden para su publicación se dará al momento de la inscripción, cuando se abre el expediente y el edicto debe salir al día siguiente).
Para divorciados se presentarán los mismos requisitos anteriores que sean pertinentes, acta o partida de matrimonio actualizada con anotación marginal de la disolución matrimonial, DNI de (la) divorciado (a) que indique el estado civil de Divorciado.
En caso de viudez lo requisitos son también los que se deben presentar para personas mayores de edad en lo que fuera pertinente, acta o partida de matrimonio actualizada, acta o partida de defunción actualizada del (la) cónyuge fallecido (a), DNI del (la) viudo (a) que indique el estado civil de Viudo y declaración jurada del (la) viudo (a) suscrita ante notario público de no administrar bienes de hijos menores.
Para menores de edad se deben presentar los requisitos solicitados para los mayores de edad en lo que fuera pertinente, dispensa judicial, siempre que los contrayentes tengan como mínimo 16 años cumplidos y asentimiento expreso de los padres o abuelos, o licencia supletoria otorgada por el juez de menores.
El matrimonio promueve la institución familiar y posibilita el desarrollo de las familias, generando derechos, obligaciones y beneficios de ley para las parejas e hijos. Cada municipalidad determina cuándo y cómo se realizan, así como el costo que suele ser menor al de uno regular o ser gratuito al optarse por una ceremonia civil masiva.
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