
Validez y vigencia de CPP, del carné de extranjería y la TAM virtual se efectúa de manera virtual.}Validez y vigencia de CPP, del carné de extranjería y la TAM virtual se efectúa de manera virtual.
Las instituciones, empresas o personas naturales pueden verificar de manera rápida y en línea la validez y vigencia de los carnés emitidos por la Superintendencia Nacional de Migraciones a favor de los extranjeros que se encuentran en el Perú en situación migratoria regular, informó hoy la entidad.
El procedimiento es simple, solo deben ingresar a la página web de Migraciones, desde donde podrán acceder a los aplicativos para verificar los carnés de Permiso Temporal de Permanencia, Carné de Extranjería, así como la Tarjeta Andina de Migración (TAM) virtual.
Al tener certeza de la validez y vigencia de estos documentos, a través de esta consulta en línea, se facilita la integración de las personas extranjeras regulares, en la medida que pueden acceder a diversos servicios y trámites en el sector público y privado, Además, previene el riesgo de fraude con el uso de documentos falsificados.
¿Cómo verificar los carnés?
-Carné de permiso temporal de permanencia: la autenticidad de este documento puede verificarse accediendo a este enlace web
-Carné de extranjería: su validez y vigencia puede ser comprobada haciendo clic aquí
En el caso de los turistas, para verificar si se encuentran en el Perú dentro del periodo de permanencia autorizado, se puede consultar la Tarjeta Andina de Migración (TAM) Virtual, que es un registro digital donde figuran los datos de la persona extranjera y el tiempo de estadía otorgado en el Perú.
-TAM virtual: puede ser consultada en este enlace web
Cabe indicar que los turistas que se encuentra dentro del periodo de permanencia autorizado pueden solicitar un permiso especial para firmar documentos, que los habilitará a suscribir contratos y realizar transacciones.
Obligación para transportistas y hospedajes
La verificación en línea de estos documentos facilita a las empresas de transportes interprovinciales y a los hospedajes el cumplimiento de la obligación legal de brindar sus servicios a las personas extranjeras regulares.
Esta semana, mediante el Decreto Legislativo N°1582, se modificó la Ley de Migraciones estableciendo como conducta infractora, pasible de multa, transportar a pasajeros que se encuentren en condición migratoria irregular y no solicitar a las personas extranjeras los documentos migratorios que autoricen su ingreso.
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