- Recuerda además que los conductores no pueden exceder los 90 km/h en las carreteras.
La seguridad es lo primero. Con la finalidad de brindar un transporte seguro y evitar la ocurrencia de accidentes de tránsito, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) exhorta a los conductores a no exceder los límites de velocidad y verificar, previo al servicio, que el vehículo se encuentre en óptimo estado de funcionamiento.
La Sutran recuerda que el límite de velocidad en carretas para buses del servicio de transporte es de 90 km/h, siempre que estas vías no cuenten con señalización en contrario. Además de ello, precisa que la empresa de transportes tiene la obligación de verificar durante la conducción que sus conductores no sobrepasen los límites de velocidad establecidos. En caso de circular por una zona residencial el conductor no deberá exceder de 55 km/h, mientras que en zona comercial el límite máximo es de 35 km/h y 30 km/h en zona escolar.
De acuerdo con las obligaciones establecidas en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT), antes iniciar un viaje los conductores deben revisar que el vehículo cumpla con las siguientes condiciones técnicas: y operacionales:
- Transmisión de señal de GPS en tiempo real.
- Luces, señalización y limpiaparabrisas operativos.
- Neumáticos en uso y de repuesto óptimos y con la medida reglamentaria.
- Cinturones de seguridad, hebillas, sistema de anclajes, fijación y acople en correcto funcionamiento.
- Espejos retrovisores deben brindar un panorama completo al conductor.
- Láminas retro reflectivas, cubriendo como mínimo el 25% de los laterales del vehículo y el 100% de la parte posterior del mismo, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Vehículos.
- Sistema de frenos en correcto funcionamiento
Adicional a lo anterior, todos los conductores deben contar con los documentos en regla:
- Licencia de conducir vigente, de la clase y categoría correspondiente al vehículo y al servicio que se realiza.
- Tarjeta Única de Circulación (TUC) vigente.
- SOAT y CITV vigentes, correspondiente al vehículo y al servicio a realizar.
- Hoja de Ruta y Manifiesto de Pasajeros correspondiente al servicio prestado.
Finalmente, la Sutran pidió a las empresas de transporte respetar el relevo de conductores cada 5 horas durante el servicio diurno y cada 4 horas durante el turno nocturno; así como respetar las señales de tránsito instaladas en las vías con la finalidad de prevenir siniestros.
Importante: Todos los vehículos deben contar con implementos de seguridad, tales como botiquín, cono y/o triangulo de seguridad y extintores de fuego con la carga correspondiente al vehículo.
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