
El Gobierno peruano consideró «inaceptable» la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), emitida el miércoles 3 de septiembre, donde pide a las autoridades competentes (jueces) abstenerse de aplicar la ley de Amnistía, a fin de que no surta efectos jurídicos con respecto a los casos Barrios Altos y La Cantuta.
Mediante un comunicado, emitido por la Presidencia de la República, afirma que la Convención Americana de Derechos Humanos establece claramente que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos tiene un carácter subsidiario, coadyuvante o complementario. «No puede intervenir mientras no se haya agotado la jurisdicción interna», señala.
Sostiene que el Perú es un país soberano y democrático que, a lo largo de su historia, ha demostrado un firme y decidido compromiso con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
El comunicado recuerda que el Perú «padeció el terrible embate del terrorismo que pretendía subvertir el Estado de derecho y su democracia, lo que generó un gran sufrimiento an nuestra población. Los derechos humanos de todos los peruanos fueron vilmente violados por los delincuentes terroristas, generándose una lucha para salvar la democracia y la sociedad peruana», remarca.
Por último, el documento indica que el Perú seguirá evaluando su permanencia en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, así como la necesidad de promover una revisión de las normas sustantivas y procesales que regulan la actuación de sus órganos.
¿Qué dice la Corte IDH?
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) requirió al Estado peruano suspender los alcances del texto, aprobado por el Congreso, en el que se plantea una amnistía para miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y comités de autodefensa que participaron en la lucha contra el terrorismo entre los años 1980-2000.
La medida del organismo interamericano consta en una resolución de adopción de medidas urgentes en el marco del caso Barrios Altos y caso La Cantuta vs. Perú, con fecha 24 de julio.
En ese sentido, la Corte IDH sostiene que, con el objetivo de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de ambos casos, se requiere al Estado peruano que suspenda inmediatamente el trámite del proyecto de ley 7549/2023-CR, que da origen al dictamen aprobado.
Se agrega que, en caso de ya haber sido aprobada, se solicita a las autoridades competentes abstenerse de aplicar dicha ley, a fin de que no surta efectos jurídicos hasta que el organismo de derechos humanos «cuente con todos los elementos necesarios y se pronuncie sobre el fondo de la referida solicitud de ampliación de medidas provisionales y su impacto en los casos Barrios Altos y La Cantuta resueltos por la corte».
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