Se le atribuye a Segundo Nicolas Gutiérrez Loyola ser autor de la comisión del delito contra la libertad sexual en la modalidad de tocamientos de menor (regulado en el artículo 176° A del Código Penal) en agravio de la menor de iniciales A.A.L.F. (5), representada por su madre Yuli Lizet Flores Pérez.
Según la investigación fiscal, la mañana del 21 de mayo de 2023, el procesado realizó tocamientos indebidos en las partes íntimas de la menor agraviada cuando esta se encontraba de visita en el domicilio del agresor sexual, ubicado en el A. H. La Merced Mz 1 LT 09 Rio Seco en el distrito El Porvenir, Trujillo.
Y es que, mientras la menor se encontraba al cuidado de la amiga de su madre María Angelica Gutiérrez Loyola (hermana del procesado), porque esta laboraba en el restaurant “Fonseca”, y jugando con unas canicas en la sala, Segundo Nicolás Gutiérrez Loyola se le acerca para ofrecerle más canicas y juguetes, logrando que la niña (05) suba al segundo piso. Ya los dos en el segundo piso, él procedió a tocarle en sus partes íntimas y cuando escucha que alguien sube, aleja a la menor y le sube su pantalón para luego dejarle salir de la habitación.
Al ser detenido en flagrancia se requirió la ampliación de la detención preliminar, siendo ampliado por cuatro (04) días en los que se corroboró a través de los exámenes periciales de la menor agraviada y del agresor. Además, de la recreación y reconstrucción de hechos, lo cual fue valorado por el magistrado.
Cabe resaltar que en la audiencia se encontró presente la madre de la menor agraviada, quien fue consultada respecto de la reparación del daño a su menor hija, dando conformidad a lo propuesto.
La representante del Ministerio Público Delmy María Diaz Fernández, fiscal provincial de la Fiscalía Provincial Mixta del Porvenir sustentó en la audiencia en la que se condenó a siete (07) años y seis meses de pena privativa de libertad a Segundo Nicolas Gutierrez Loyola, además se ordenó que se someta a tratamiento terapéutico de conformidad al art. 178°A, el sentenciado reconoció los cargos, acepto la pena y se comprometió al pago asignado por reparación civil de S/. 5000.00 a favor de la menor agraviada.
Esta sentencia se ha logrado en el menor término a fin de evitar la sobre carga procesal; así como, la revictimización de la menor, iniciando su rehabilitación en el menor tiempo posible.
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