- Representantes de la Dirección de Políticas y Normas de Transporte Vial del MTC y de ATU explicaron los pasos que deben seguirse cuando se produzca la agresión.
Con el fin de difundir el protocolo de atención ante actos de acoso sexual en el transporte público, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) realizaron una capacitación a los conductores y cobradores de transporte urbano y choferes de los corredores complementarios. Se les recordó las acciones que deben realizar para ayudar a las víctimas de la agresión.
Durante la charla virtual, la especialista de la Dirección de Políticas y Normas de Transporte Vial del MTC, Ofelia Soriano, explicó que la víctima o el testigo de una situación de asedio sexual dentro de una unidad de transporte deben dar aviso inmediato al conductor, cobrador o algún miembro de la tripulación.
Además, se debe ubicar a la víctima lejos de la persona agresora y llamar de inmediato a la línea 105 de la Policía Nacional del Perú para dar aviso de la incidencia.
Al tomar conocimiento de la agresión, el chofer debe dirigir su vehículo al punto de control policial más cercano o aproximarse a un inspector de transporte, fiscalizador o personal de serenazgo si se encuentra en Lima o Callao. En provincias se dará cuenta a la Policía Nacional o a un inspector de la Sutran.
Luego, el conductor detendrá el vehículo para que el policía o el fiscalizador se haga cargo del incidente. Si la persona que interviene es un oficial policial, se procede a la detención del agresor y a tomar los datos de la víctima y los testigos.
En la capacitación también participaron especialistas del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar Aurora, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Nadie debe quedarse callado ante una agresión sexual en el transporte público. Hay que denunciar. En el siguiente enlace puedes descargar el protocolo para hacer frente a un caso de acoso sexual: https://www.gob.pe/institucion/mtc/normas-legales/1422443-025-2020-mtc
El acoso sexual se puede manifestar físicamente con tocamientos indebidos, roces corporales, masturbación o exhibicionismo. El asedio también se puede expresar verbalmente, es decir con comentarios e insinuaciones de carácter sexual o mediante manifestaciones gestuales, como gestos obscenos que resulten humillantes u ofensivos.
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